Solicitud de cambio en la Modalidad de Pago que efectúa un(a) connacional pensionado(a) del IPS residente en el exterior.
¿En qué consiste?
Es la Solicitud que efectúa ante el Consulado de Chile correspondiente, un(a) pensionado(a) del Instituto de Previsión Social (IPS) a objeto de solicitar al IPS el cambio en la Modalidad o forma en que se paga su Pensión.
Las Modalidades de Pago existentes son:
- Pago en Chile (En Caja de Compensación Los Héroes)
- Pago en Chile a través de depósito bancario en una cuenta nacional
- Pago en Chile a través de un apoderado
- Pago en el Exterior a través de Transferencia Internacional a una cuenta de origen extranjero y de titularidad de él(la) pensionado(a)
- Pago en el Exterior a través de Western Union (Solo disponible para pensionados del IPS residentes en Argentina y Suecia)
El Consulado remite a través de la Valija Diplomática, la solicitud expresa de él o la pensionado(a), que será enviada junto a los demás antecedentes y documentos requeridos a la Dirección de Servicios Consulares-Departamento de Previsión Social, donde será autenticada o legalizada (si corresponde) y redirigida al IPS para su registro e incorporación y modificación en la Modalidad de Pago.
¿Dónde se realiza?
En los Consulados de Chile
Requisitos para Pago en Chile
- Comprobante de Pago o Liquidación de Pago Pensión IPS
- Fotocopia Cédula de Identidad Chilena del Pensionado
- Ficha para Remesa del Beneficio
- Para que el pago sea efectuado a través de depósito en cuenta en Chile, el interesado además deberá entregar un Certificado Bancario (Emitido por el Banco) donde conste que es titular de una cuenta en Chile, Número y Tipo de cuenta.
- Para cobrar el beneficio a través de un apoderado, el o la pensionado(a) además deberá efectuar en el Consulado un Poder otorgando a un tercero las facultades para cobrar y percibir los montos correspondientes al pago previsional (para ser presentado ante el Instituto de Previsión Social).
Requisitos para Pago en el Exterior
- Comprobante de Pago o Liquidación de Pago Pensión IPS
- Fotocopia Cédula de Identidad Chilena del Pensionado
- Ficha para Remesa del Beneficio
- Certificado Bancario de la cuenta del solicitante (Emitida y firmada por el Banco) que indique: Cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del Banco, domicilio del Banco, Sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU, según corresponda)
- Formulario de Antecedentes Bancarios
¿A quién está dirigido?
A los(as) pensionado(as) del I.P.S. residentes en el exterior, que requieren modificar la modalidad de pago a través de la cual cobran o perciben sus pensiones.
Producto
I.P.S. informado de la solicitud del pensionado(a) e incorporación a la nueva modalidad de pago solicitada.
Costo
- El Tramite de Solicitud de Cambio en la Modalidad de pago no tiene costo.
- Los costos asociados a cobros por transferencia Internacional o cambios de moneda de cada entidad bancaria intermediaria nacional o internacional, son de cargo del Titular de la Cuenta y Pensión.
- Los costos asociados a la Actuación Consular requerida para efectuar el Poder, se encuentra establecido en el Arancel Consular de Chile, Ley Nº 18.340, de 1984.
IMPORTANTE:
Los receptores de una pensión o beneficio del Instituto de Previsión Social, residentes en Argentina o Suecia podrán prescindir de la presentación de los requisitos: "Certificado Bancario y Formulario de Antecedentes Bancarios" exigido para el pago de su beneficio en el exterior y solicitar que sean remitidos a través de la empresa Western Unión, lo que deberán hacer presente ante el Consulado donde efectúen la solicitud de beneficio correspondiente.